La Corte Suprema, de filiación kirchnerista, declaró la inconstitucionalidad de un artículo clave de la Ley de Riesgos del Trabajo, que impedía a los trabajadores accidentados demandar ante la Justicia.
Esa ley fue aprobada en 1995 y uno de sus mentores, inspiradores y redactores fue el actual jefe de Gabinete, Alberto Fernández, en aquel momento superintendente de Seguros e integrante del equipo de Domingo Ca- vallo. Alberto Fernández pasó enseguida de la Superintendencia de Seguros a presidir el grupo de seguros del Banco Provincia, que constituyó la ART Provincia. De este modo, el actual jefe de Gabinete pasó de mentor teórico del sistema a ser un operador de la principal ART.
La burocracia sindical participó de este engendro y formó sus propias ARTs, como es el caso de la ART Luz, del sindicato de Luz y Fuerza.
Que la Corte kirchnerista haya declarado la inconstitucionalidad de un artículo importante de una ley del ex cavallista, y ahora kirchnerista, Fernández ya nos está marcando que el fallo es un efecto atrasado del cambio de frente que pegó la burguesía con el derrumbe de la convertibilidad, la devaluación y el default.
Ese derrumbe puso en evidencia la crisis del conjunto de las relaciones económicas con el andamiaje legal orquestado por el mene- mismo, y la necesidad de reconstruir el Estado capitalista sobre bases políticas y sociales parcialmente distintas.
En el caso de la Ley de Riesgos del Trabajo, el artículo que exime a los patrones de la responsabilidad civil e impide a los trabajadores demandar ante la Justicia era manifiestamente inconstitucional, ya que no se puede prohibir a nadie que haga un reclamo judicial por esa causa.
Sin embargo, como consecuencia de que * trabajadores presentaban demandas pidiendo la inconstitucionalidad de ese artículo, en el año 2000, ya durante la Alianza, se le introdujeron cambios a través de un decreto de necesidad y urgencia, (subir las indemnizaciones para “desincentivar” los reclamos judiciales). También para frenar proyectos de ley alternativos (que permitían el reclamo judicial y que las indemnizaciones del sistema de ART se tomaran a cuenta de lo que resolvieran los jueces).
El derrumbe de la convertibilidad significó también el derrumbe de la Corte de Menem, que no sólo carecía de autoridad para pilotear la crisis sino que representaba, un peligro para el Estado debido a su condición facciosa. Duhalde intentó removería parcialmente y Kirchner lo hizo.
Las “aberraciones” de la ley de ART son reconocidas por las mismas patronales. El abogado Julián De Diego, ultra-reaccionario editorialista de temas laborales de Ámbito Financiero, admitió que “era previsible un fallo de la Corte de estas características, porque las indemnizaciones eran insuficientes” (Clarín, 22/9). El patrón de la fábrica de refrigeradores Briket, Roberto Lenzi, “utilizó la palabra ‘negreras’ para referirse a las cifras de indemnización que establecen las ART” (Clarín, 23/9). Los propios funcionarios kirchneristas recuerdan, ahora, “el caso de Aerolíneas Argentinas en que el piloto cobraba 4.500 pesos mensuales y su mujer terminó con una pensión de 150 pesos” (Clarín, 27/9). El caso que llegó a la Corte fue el de un trabajador que se cayó de 10 metros de altura, sin contar con los elementos de seguridad que debían haber sido provistos por la patronal, quedó con una incapacidad del 100% -absoluta- y le dieron 500 pesos por mes, cuando la indemnización debió haber sido de 300.000 pesos, como luego fijaron los jueces.
El fallo de la Corte se inscribe dentro de este reconocimiento patronal de que el sistema de ART se había pasado de rosca. Pero en lugar de desmantelarlo, el fallo, en sus considerandos, avala la privatización del sistema a través de las ART, o sea, de la banca nacional e internacional y las grandes compañías aseguradoras.
“Se imponen dos advertencias”, dice el fallo: “En primer lugar, el desenlace de este litigio no implica la censura de todo régimen legal limitativo de la reparación de daños, h cual incluye al propio de la Ley de Riesgos del Trabajo”
Para la Corte, que el trabajador reciba a través de las ART una reparación inferior a la de cualquier otro “ciudadano” ante una pérdida o mutilación corporal similar no está en tela de juicio.
“En segundo término... (del fallo), no se sigue que las ART queden relevadas de satisfacerlas obligaciones que han contraído en el marco de la citada ley. De tal suerte, este pronunciamiento no sólo deja intactos loe mentados propósitos del legislador, sino que, a la par, posibilita que el empleador pueda encontrar protección en la medida de su aseguramiento
Para la Corte, el fallo no altera ni perjudica el patrimonio de las ART, que seguirán pagando lo mismo que marca la ley. Lo que agrega, algo que los capitalistas saben porque funciona en todo el mundo, es la facultad para sacar un seguro por la contingencia de la responsabilidad.
En esta dirección apunta la reforma legislativa que está estudiando el gobierno: subir las indemnizaciones actualmente ridículas. La fórmula que se aplica en la actualidad es baja, porque los salarios han quedado de- valuados, de manera tal de disuadir a que los trabajadores reclamen en los Tribunales (Clarín, 27/9).
Esa suba no tendría mayor impacto en las patronales, porque la cuota mensual promedio que pagan es del 2% del salario, cuando “se preveía inicialmente que ese costo se ubicaría por encima del 3% de los salarios. Por eso los funcionarios creen que hay margen para subir las indemnizaciones sin alterar el costo que, originalmente, se previó cuando se puso en marcha el nuevo sistema” (Clarín, 27/91).
Nada se dice de los accidentes y la prevención. Las ART -que ni el gobierno ni la Corte cuestionan- son las que “controlan” (sic) los planes de seguridad laboral de las patronales. Esta “privatización*’ de la seguridad e higiene en las fábricas se reveló un “negocio” porque, para no perder dientes, las ART hacen la vista gorda a los incumplimientos de las patronales. En el 90% de los accidentes las patronales no cumplen con las propias normas del sistema de ART, y eso es lo que explica que haya 400.000 accidentes laborales por año, al mismo nivel que antes de que empezara a funcionar este sistema.
Atajo la ley
El PO vuelve a plantear k> que planteó en 1995, cuando hicimos una enorme agitación política contra la sanción de esta ley de Alberto Fernández, las patronales y la burocracia. Entonces dijimos: “Esta ley tiene da- ras connotaciones criminales, ya que reduce a casi cero las penas económicas y a cero las responsabilidades civiles de las patronales. Si hasta ahora, con el pago de indemnizaciones y con responsabilidad civil, había 300.000 accidentes de trabajo por año, de aquí en más esta cifra puede irse a las nubes porque les resultará más barato a las patronales el accidente de un trabajador que las inversiones que podrían evitarlo” (En Defensa del Marxismo N» 7, julio de 1995, págs. 9/10).
Planteamos:
Todo el sistema de jubilaciones y accidentes de trabajo debe estar a cargo del Estado, financiado con un impuesto a los capitalistas.
Formación de comités obreros que tomen a su cargo el control de lo6 ritmos de trabajo y las normas de seguridad en las fábricas para evitar que ocurran los accidentes y obligar a las patronales a que metan plata en la seguridad del trabajo.
Aumento de los salarios y de las indemnizaciones por accidentes.
Multas, penas y responsabilidad civil de las patronales, para obligarlas a que respeten las normas de higiene, prevención y seguridad laboral.
Determinación de las enfermedades profesionales y laborales por comités de obreros, médicos y profesionales en riesgos.